La señora Irinea Buendía madre de Mariana Lima promovió un Juicio de Amparo debido a la tardanza de algunas fiscalías especializadas a las cuales acudió porque no recibió respuesta de la Procuraduría General del Estado de México en el plazo legal, ya que la muerte de su hija Mariana había sido declarada como suicidio y no se hizo una investigación para determinar si realmente había ocurrido así o bien Mariana había sido víctima de feminicidio. Posteriormente, se cambió esta decisión y la Procuraduría ordenó que el Ministerio Público investigara exhaustivamente.
¿Quién
promovió el
amparo?
¿Cómo llegó el asunto a La Corte?
Aunque el Amparo logró que se investigara el asunto, el Juez de Distrito también expresó que se había vulnerado el derecho de acceso a la justicia de las víctimas (Mariana y su madre), por lo que La Corte decidió conocer y resolver el asunto por las violaciones a las obligaciones de la Constitución y tratados internacionales realizadas por autoridades encargadas de la investigación.
¿Qué resolvió La Corte?
01
Se revisó si la administración de justicia se realizó con respecto a los derechos humanos de las mujeres reconocidos en la Constitución y tratados internacionales, como el conocido usualmente como Convención Belém Do Pará.
02
Se refirió que las muertes de mujeres que podrían ser causadas por motivos criminales, suicidio y algunos accidentes, deberían de analizarse con perspectiva de género, para confirmar o descartar el motivo de la misma.
03
Se delimitó un estándar genérico aplicable a cada una de las etapas de la investigación, con la referencia de precedentes internacionales y nacionales, por lo que se revisaron los aspectos que establecen los protocolos de investigación del país, en específico en el Estado de México, lugar de la muerte de Mariana Lima.
04
Con este estándar se analizó detalladamente cada uno de los hechos y pruebas del caso y se determinó que existieron fallas graves en la investigación por negligencia o bien que fueron hechos así de manera deliberada. Además el método de análisis que se detalla en la sentencia se convirtió en un parteaguas en la investigación de feminicidios en el país.
05
En la sentencia se puntualiza que la reparación a las violaciones a los derechos humanos reconocidos en el artículo 1o. constitucional, implica que el Poder Judicial debe responder también con sus sentencias para impulsar un cambio de conducta en la sociedad que mejore sus relaciones de convivencia y así cumplir con las obligaciones de respetar y garantizar los derechos humanos.
Estándar de la debida diligencia
Respecto del estándar establecido en la sentencia, las autoridades que investigan una muerte violenta deben intentar como mínimo:
Identificar a la víctima.
Proteger la escena del crimen.
Recuperar y preservar el material probatorio.
Investigar exhaustivamente la escena del crimen.
Identificar posibles testigos y obtener declaraciones.
Realizar autopsias por profesionales competentes con los procedimientos más apropiados.
Determinar la causa, forma, lugar y momento de la muerte.
Verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originen o expliquen la muerte violenta.
Preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual.
Realizar periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia.
Analizar la conexión que pudiera existir entre la violencia por razón de género y la violación de otros derechos humanos.
Plantear hipótesis basadas en hallazgos preliminares que sugieran que los móviles de la violencia o muerte fueron discriminación o razones de género.
Investigar de oficio las posibles connotaciones discriminatorias por razón de género en un acto de violencia perpetrado contra una mujer cuando dicho acto se enmarca en un contexto de violencia contra las mujeres en una región determinada.
Publicidad de los nombres de Mariana Lima Buendía y su madre Irinea Buendía
De acuerdo con la ley en las sentencias de La Corte se tienen que proteger diversos datos personales, de acuerdo con cada caso. En esta sentencia, la señora Irinea Buendía solicitó a la Corte que el nombre de Mariana y el de ella fueran públicos como una forma de reparación del daño y para visibilizar la violencia que viven muchas mujeres en el país.