Una persona con discapacidad se inconformó de una resolución judicial de cambio de tutor por el fallecimiento de su mamá. En su solicitud hacia un juez pidió: vivir con quien él decidiera, disponer de sus recursos económicos, entre ellos la herencia que le correspondía y contar con ajustes razonables; el juez negó la solicitud e indicó que debía presentarla quien fuera su tutor o tutriz. Debido a esta resolución, la persona tramitó un Amparo ante un Juez de Distrito (Federal) quien le concedió la protección en contra de la decisión de designarle un tutor, sin atender su opinión.
¿Quién promovió el amparo?
¿Cómo llegó el asunto a La Corte?
Inconforme con la resolución, la persona con discapacidad tramitó un recurso para que La Corte revisara la resolución del juez, por lo que la Primera Sala decidió conocer del asunto.
¿Qué resolvió La Corte?
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La persona con discapacidad manifestó que no fue escuchado en el juicio en el que se le declaró que no tenía capacidad jurídica, y se le designó una tutriz.
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En el caso en concreto, al declarar que la persona discapacitada está en un “estado de interdicción”, se le coloca en una situación desfavorable para heredar y a ser propietario de bienes, lo cual además le impide ser incluido en una comunidad.
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Se reconoce que, cuando una persona se le categoriza en estado de interdicción, se genera un modelo de sustitución de la voluntad que puede ser desproporcionado en algunos casos, evita que la persona ejerza sus derechos y cuente con mecanismos para ello, como lo establecen los instrumentos internacionales.
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Cuando una autoridad declare a una persona impedida para ejercer sus derechos por sí mismo, también debe resolver que se le brinden ajustes razonables, salvaguardias y medidas efectivas para que la persona tenga una vida independiente.
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En la resolución de La Corte, se ordena un sistema de apoyos consistente en: asesoría de la defensoría pública de manera gratuita; al DIF que le brinde asistencia en servicios de salud, terapias y rehabilitación; al Registro Civil que detenga el estado de interdicción; al INE que cuente con el documento de identidad para ejercer sus derechos políticos electorales; y que en el asunto de la herencia, la persona juzgadora le brinde todos los ajustes para que pueda acceder a la justicia de manera clara y accesible.
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Finalmente, se ordenó publicar la sentencia de la Primera Sala en lenguaje claro y accesible.