Un militar en retiro solicitó a la SEDENA la continuidad del otorgamiento de un apoyo de una beca, la cual le fue otorgada cuando estaba en activo, para que su hijo asistiera a una institución de educación para personas con discapacidad. Dicha solicitud le fue negada por que el artículo no contemplaba otorgar esa prestación al personal en retiro. En contra de dicha negativa, la persona promovió juicio ante un Juzgado de Distrito, el cual resolvió que la normativa era discriminatoria e impedía que una persona con discapacidad pudiera tener acceso a una vida digna, por lo que ordenó se otorgara el Amparo para que la SEDENA continuara brindando el beneficio de beca al hijo de la persona militar en retiro.
¿Quién promovió el amparo?
¿Cómo llegó el asunto a La Corte?
Inconforme con la decisión, la Presidencia de la República, la SEDENA y la Cámara de Diputados, solicitaron a un Tribunal Colegiado revisara dicha resolución, el cual solicitó a la Corte revisara la constitucionalidad del artículo que establecía el otorgamiento de becas solo para las y los hijos de personal militar en activo.
¿Qué resolvió La Corte?
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Del análisis del artículo impugnado se consideró que los militares en situación de retiro no están en una situación análoga a la de los militares en servicio activo, por lo que el legislador federal puede prever regímenes distintos para cada uno de los casos.
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También se destacó el hecho de que la propia Ley estableció como obligación contemplar políticas públicas para la formación científica y técnica, así como el mejoramiento social de los hijos de los militares en activo y en retiro.
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En el caso en concreto, se analizó la continuidad de la prestación otorgada cuando estaba en activo, con una visión de protección a la niñez con discapacidad, la cual enfrenta obstáculos importantes y preocupantes para tener acceso a una educación inclusiva y de calidad, pero no como un derecho adquirido sino con las propias alternativas de selección que define la normativa que reglamenta estas becas.
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Debido a esto, la Segunda Sala aplicó un método de interpretación en el que se tiene que buscar la solución más protectora que beneficie a la persona en el problema planteado, por ello se concedió el amparo para que el niño accediera a las convocatorias para becas especiales que emita la autoridad militar.
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Finalmente, se ordenó la publicación de la sentencia en formato de lectura fácil.