SCJN: Leyes de Ingresos Municipales y Multas Discriminatorias
LEYES DE INGRESOS MUNICIPALES
Multas discriminatorias
El Poder Legislativo del Estado de Morelos aprobó diversas modificaciones a leyes de ingresos de sus Municipios para el año 2025, los cuales incluían cobros por servicio de alumbrado público, reproducción de información, por acceso a la información y multas para aquellas personas “que durmieran en la calle”.
¿Cuál fue la ley que se pidió a La Corte analizar?
¿Cómo llegó el asunto a La Corte?
La Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó una demanda para que se resolviera sobre la inconstitucionalidad, debido a que afectaba derechos de las personas como: igualdad y no discriminación, seguridad jurídica, acceso a la información y legalidad, entre otros.
¿Qué resolvió La Corte?
01
Las legislaciones de ingresos de los municipios de Mazatepec y Miacatlán ordenaban el cobro de una multa para quiénes pernoctaran o durmieran en la calle, lo cual se consideró como una “categoría sospechosa” y se declararon inválidas.
02
Estas normas implican una sanción por dormir en la vía pública, lo cual es discriminatorio porque afectan negativamente y de forma desproporcionada, a las personas que por sus condiciones particulares tienen necesidad de dormir en esas circunstancias, haciendo caso omiso de la situación de vulnerabilidad por la que atraviesan las personas sin vivienda.
03
Se retomaron diversos precedentes en los que se especifica que dormir es un concepto de “necesidad fisiológica”, el cual incluye todas las actividades requeridas para sobrevivir y lograr un equilibrio de las funciones corporales de las personas.