Controversias Constitucionales 291/2024, 292/2024 y 314/2024
Autoridades Garantes Estatales
Autoridades Garantes Estatales
El conflicto comenzó tras la publicación de la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en marzo de 2025. Los municipios de Chihuahua y de Colima promovieron demandas de controversia constitucional ante la Corte por considerar que las nuevas reglas vulneraban su autonomía.
¿Cómo inició la Controversia?
¿Cómo llegó el asunto a La Corte?
Los ayuntamientos argumentaron que la ley los afectaba directamente al no reconocer a sus propios órganos internos de control como las autoridades encargadas de resolver las quejas de los ciudadanos (recursos de revisión) en materia de acceso a la información y señalaron que, al otorgar esa facultad exclusiva a las contralorías del poder ejecutivo de los estados, se creaba una jerarquía injustificada y una supervisión estatal sobre las decisiones municipales.
¿Qué resolvió La Corte?
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La Suprema Corte resolvió, por mayoría de votos, que es totalmente constitucional el modelo donde las contralorías de los gobiernos estatales revisen las respuestas de los municipios en materia de transparencia.
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Se aclaró que la facultad de decisión originaria para responder a las solicitudes de información pública es obligación exclusiva de los municipios. Las contralorías de los estados no imponen criterios políticos ni deciden por el ayuntamiento, sino que actúan como una instancia técnica posterior que únicamente evalúa de forma legal si la información solicitada por un ciudadano debe ser entregada o no.
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También se explicó que el nuevo diseño institucional responde directamente a la reforma constitucional de diciembre de 2024 en materia de simplificación orgánica, la cual obliga a todos los órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) a eliminar duplicidades de funciones bajo criterios de racionalidad y austeridad presupuestal. Por lo anterior, la creación de un órgano garante de transparencia en cada uno de los más de dos mil municipios del país habría provocado un impacto económico considerable e innecesario.
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Se determinó que las dependencias estatales de control interno no suplantan al ayuntamiento ni cortan la comunicación directa entre el municipio y el estado. Al operar bajo principios estrictamente metodológicos, profesionales y reglados por la ley, los órganos garantes estatales funcionan como un mecanismo técnico de control para proteger el derecho humano de acceso a la información, no como un mando político superior.
Qué es una controversia constitucional.
Este tipo de juicios están establecidos en la Constitución Política para resolver conflictos que se suscitan en diversos niveles de gobierno, como por ejemplo el Gobierno Federal contra una Entidad Federativa, o como este caso, de un organismo constitucional autónomo como era el INAI y la FGR, que es otro organismo autónomo, encargado de la investigación de delitos de orden federal.
En este caso, al declararse infundados los reclamos de los municipios, se confirmó la validez total de los artículos impugnados de la Ley General de Transparencia. El nuevo modelo de transparencia queda firme en todo el país, obligando a los municipios a operar únicamente como sujetos obligados que deben contar con su Unidad de Transparencia, mientras que las quejas ciudadanas de nivel local seguirán siendo resueltas por las contralorías estatales.